NUEVA NORMATIVA DE GASES FLUORADOS:
El año pasado
se publicó el nuevo Reglamento Europeo de Gases Fluorados que afecta a todas
las empresas instaladoras y mantenedoras de refrigeración y aire acondicionado,
a continuación extractamos una publicación interesante de la Confederación
Nacional de Instaladores (CNI), de utilidad
Aspectos más importantes del Reglamento Europeo de Gases Fluorados 517 /
2014, que deroga el anterior Reglamento 842 / 2006 y que es de aplicación
inmediata.
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Detección de fugas: los nuevos límites de CO2
pueden afectar a los equipos ya instalados dependiendo del potencial de
calentamiento global del gas fluorado que utilice.
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Equipos con gases
refrigerantes de más de 3 kg. pero menos del equivalente a 5 toneladas de CO2,
ya no tendrán que ser revisados por posibles fugas a partir del 1 de enero de
2015.
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Equipos con gases
refrigerantes de menos de 3 kg. pero más del equivalente a 5 toneladas de CO2,
no tendrán que ser revisados por posibles fugas hasta el 1 de enero de 2017.
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Equipos con gases
refrigerantes con al menos el equivalente a 50 ó 500 toneladas de CO2 de gas
refrigerante , es posible que tengan que cambiar la frecuencia de revisión de
fugas a partir del 1 de enero de 2015 (por ej., 20 kg. de R404A en un sistema
sin detección de fugas actualmente tiene que revisarse cada 12 meses, con el
nuevo sistema estará en la categoría del equivalente a más de 50 toneladas de
CO2 por lo que deben revisarse las posibles fugas cada 6 meses).
¿Qué deben hacer los instaladores?
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Los instaladores
deben informar ya a sus clientes sobre las nuevas obligaciones de revisión de
fugas debido a las nuevas limitaciones de peso que se aplicarán a partir del 1
de enero de 2015 en sistemas con al menos el equivalente a 50 y 500 toneladas
de CO2 de gases refrigerantes.
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Hasta el 31 de
diciembre de 2016, los instaladores deben informar a los clientes sobre las
nuevas limitaciones de peso que se aplicarán a partir del 1 de enero de 2017 en
sistemas con al menos el equivalente a 5 toneladas de CO2 de gases
refrigerantes.
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Sistemas de detección de fugas: los nuevos
límites de equivalencia de CO2 pueden afectar a equipos ya instalados
dependiendo del potencial de calentamiento global del equipo utilizado.
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Equipos con menos de
300 kg pero con más del equivalente a 500 toneladas de CO2 de refrigerante: tendrán que ser equipados con un sistema de detección de fugas a
partir del 1 de enero de 2015. Aquí no hay periodo de gracia, la obligación
entra en vigor automáticamente en esa fecha. Por ejemplo, los sistemas de al
menos 127,49 kg. de R404A tienen que cumplir esta obligación.
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Se aplica a todos
los equipos, no solo a equipos instalados después del 1 de enero de 2015. Los
instaladores deberían contactar con los operadores afectados para informarles
que su equipo debe ser adaptado antes del 1 de enero de 2015.
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Entrega de gases fluorados: únicamente a
personas certificadas, a partir del 1 de
enero de 2015, los gases fluorados para instalación, servicio, mantenimiento o
reparación de equipos de aire acondicionado, refrigeración y bombas de calor,
así como unidades de refrigeración de camiones y trailers refrigerados,
únicamente podrán ser vendidos y adquiridos por personas certificadas
(empresarios o autónomos, incluido el operador y fabricante del equipo)
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Los distribuidores
deben prepararse para establecer y mantener los datos de la información
relevante del comprador ( nº de certificado y cantidades de refrigerante
adquirido)
